Daniel Olmedo

Pongan sus votos donde está su boca. Daniel Olmedo

6 diciembre 2018 / EL DIARIO DE HOY

Fue el 29 de octubre de 2015. Los partidos FMLN, GANA y algunos diputados del PCN aprobaron la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana. Con esta se le gravó a usted con el tributo conocido popularmente como Impuesto a la Telefonía.

Todos los productos y servicios relacionados a las telecomunicaciones se gravaron con una alícuota de un 5 %. El objeto era fortalecer el financiamiento del Estado en materia de seguridad pública.

A finales de 2015 un ciudadano presentó una demanda de inconstitucionalidad contra ese tributo. La Sala de lo Constitucional mantuvo inerte esa demanda —como ocurrió con muchas otras de naturaleza tributaria. No fue hasta treinta meses después, el 30 de mayo de 2018, cuando apenas se admitió a trámite la demanda. Aún falta que ese proceso se sentencie.

La Sala no brindó en este caso la pronta y cumplida justicia que le obliga el artículo 182 ordinal 5o. de la Constitución. Mientras tanto usted, mes a mes, ha dejado de entregar a su familia una cantidad del dinero que gana para dárselo al Estado a través de esa contribución especial. Usted juzgará si tras estos años ha visto los resultados de ese sacrificio.

El pasado lunes el candidato presidencial Carlos Calleja, de la alianza ARENA, PCN y PDC, dijo: “Llegó la hora de tomar decisiones; en mi gobierno ya no vas a pagar el impuesto del 5 % a la telefonía; lo voy a eliminar”. Horas después el candidato presidencial Nayib Bukele, del partido GANA, dijo en un tuit: “¿ARENA va a hacer alguna propuesta o solo se va a quedar a copiar las nuestras? Tenemos más de un año de haber propuesto, varias veces, quitar el impuesto a la telefonía y a la tecnología”.

Los gringos tienen buenas frases. Una de ellas es: Put your money where your mouth is. En las campañas electorales suele haber mucha boca. Es normal, de eso se trata. Pero en este punto sería bueno exigirles a los candidatos presidenciales: Pongan sus votos donde está su boca.

Resulta que para derogar la Ley de la Contribución Especial a la Seguridad Ciudadana no es necesario que ni el señor Calleja ni el señor Bukele lleguen a la Presidencia. El artículo 131 ordinal 5o. de la Constitución atribuye a la Asamblea Legislativa la facultad de aprobar leyes, y también la de derogarlas. La iniciativa para derogar la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana la puede tener cualquier diputado de la Asamblea Legislativa, y para aprobar tal derogatoria bastarían 43 votos. GANA, ARENA, PCN y PDC los tienen.

Sí, es probable que el Presidente de la República vete el decreto que deroga esa ley. Pero resulta que GANA, ARENA, PCN y PDC suman 59 votos; y si a ellos se les suma el CD, que manifiesta apoyar a GANA en las próximas elecciones, alcanzarían 60. Para superar un veto presidencial se necesitan 56 votos, de manera que les sobran votos para derogar el “Impuesto a la Telefonía”.

Eso sí, en caso decidieran derogar ese tributo, deben cumplirse con los principios constitucionales que rigen el proceso de formación de ley. Esto significa, por ejemplo, cumplir con los principios de publicidad y deliberación. Hacerlo en un madrugón dejaría expuesta la derogatoria a una inconstitucionalidad por vicio de forma. Pero eso tampoco sería una excusa para dorarnos la píldora con una deliberación ad infinitum.

Candidatos, hoy que hablaron, si deciden no acompañar con acciones sus palabras, o si sus fracciones legislativas no les acompañan en una iniciativa así, los electores tendrán un insumo más para evaluar su honestidad y liderazgo. La pelota está en su cancha.

@dolmedosanchez


¿Ha muerto Unamuno? De Daniel Olmedo

28 noviembre 2018 / EL DIARIO DE HOY

El 19 de julio de 1972 se emitió el Decreto Legislativo No. 41. El artículo 1 decía: “Las actuales autoridades, funcionarios y empleados de la Universidad de El Salvador cesan, desde la vigencia del presente Decreto, en el ejercicio de sus cargos”. Luego el artículo 6 disponía: “Facúltase al Poder Ejecutivo para tomar las providencias y medidas necesarias a efecto de dar cumplimiento al presente Decreto”. Con ello el presidente Arturo Armando Molina ocupó a la Fuerza Armada para intervenir la Universidad de El Salvador.

Tres años después una manifestación de estudiantes protestaba contra las violaciones a la autonomía universitaria por parte de la dictadura de Molina. Sobre la 25a. Avenida Norte les acorralaron los tanques. Fue un 30 de julio de 1975 cuando el ejército disparó contra los estudiantes de la Universidad de El Salvador, provocando un número indeterminado de muertos.

Cuatro décadas después, el pasado 15 de noviembre, el candidato presidencial del partido GANA, Nayib Bukele, realizó un mitin en la Universidad de El Salvador. Hablaba sobre impulsar iniciativas de ley que favorecieran a la Universidad. Dijo: “Y en esta ocasión, una vez en la presidencia de la República, ¿a quién nos van a lanzar para detenernos? ¿A la UMO? ¿A la Policía? ¿Al Ejército? No, señores, ellos van a marchar con nosotros. Ellos nos van a proteger a nosotros. Porque todos ellos son comandados por el Presidente de la República y Comandante General de las Fuerzas Armadas. ¿Qué les va a quedar? ¿Los custodios de la Asamblea? Le quitamos el permiso a la empresa de los custodios de la Asamblea. No van a tener quién nos detenga. Los únicos que nos pueden detener son ellos, aprobando las leyes en beneficio del pueblo. Es lo único que nos va a detener. Ellos mismos, aprobando las leyes en beneficio del pueblo. Así se construye el poder popular”.

La historia de la Universidad de El Salvador volvía particularmente grotesco que algunos de sus estudiantes, y dentro de sus instalaciones, aplaudieran a un político cuando les proponía usar al Ejército para amedrentar a la Asamblea Legislativa.

En esta campaña electoral han abundado los insultos y promesas absurdas. Pero es la primera vez que se escucha el claro propósito de minar uno de los pilares fundamentales de la República: la separación de poderes. Eso es intolerable.

Las palabras del 15 de noviembre en la Universidad de El Salvador no son un pasajero exabrupto de un adolescente —que no lo es. Es una amenaza a la democracia, a la República y al orden constitucional. Un modelo de gobierno en que el presidente logra la aprobación de leyes mediante fuerza bruta se llama fascismo.

Los estudiantes que ese 15 de noviembre aplaudieron el uso del Ejército para fines antidemocráticos no parecen muy distintos a los jóvenes que el 12 de octubre de 1936, en el paraninfo de la Universidad de Salamanca, celebraron las consignas fascistas del general Millán Astray: “¡Catalanes y vascos son la antiespaña! ¡Muera la inteligencia! ¡Viva la muerte!”.

En esa ocasión el rector de la universidad, un anciano Miguel de Unamuno, se levantó y dijo: “Callar, a veces, significa mentir, porque el silencio puede ser interpretado como aquiescencia”. E increpó a esa masa de jóvenes fascistas: “Este es el templo del intelecto y yo soy su supremo sacerdote. Vosotros estáis profanando su recinto sagrado. Venceréis pero no convenceréis. Venceréis porque tenéis sobrada fuerza bruta, pero no convenceréis porque convencer significa persuadir. Y para persuadir necesitáis algo que os falta en esta lucha: razón y derecho”.

¡Cuánta falta hizo la rebeldía de ese anciano el pasado 15 de noviembre! ¿Será que ha muerto Unamuno?

@dolmedosanchez


Primaveras centroamericanas. De Daniel Olmedo

7 junio 2018 / El Diario de Hoy

Primero fue Guatemala.

En 2015 se investigaba una estructura de corrupción en las aduanas. La organización involucraba a la cúpula del poder político. La indignación popular estalló.

Las manifestaciones llevaron a renunciar a la vicepresidente, y luego al presidente. Ambos fueron detenidos. Miles de guatemaltecos en las calles hicieron que cayera el gobierno. Aquí muchos envidiaban a los guatemaltecos por su arrojo en protestar en las calles.

Luego vino Honduras.

Todo inició con un fraude a la Constitución fraguado por la misma Sala de lo Constitucional hondureña en 2015. Permitió la reelección presidencial cuando la Constitución lo prohibía expresamente.

En 2017 era la elección presidencial, y el presidente, cobijado por esa sentencia, competía por su segundo mandato. Pero el escrutinio estuvo lleno de irregularidades. La OEA pidió que se repitieran las elecciones. Muchos hondureños indignados salieron a protestar a las calles. Las manifestaciones fueron bastante más violentas que las ocurridas en Guatemala.

El presidente logró resistirlas. Asumió su segundo mandato presidencial en medio de una ola de protestas populares. Aquí, otra vez, aparecieron muchos envidiando a los hondureños por su coraje en salir a protestar.

Ahora es Nicaragua.

Unas reformas al sistema previsional detonaron manifestaciones populares. El gobierno intentó contenerlas dejando sin efecto las reformas, pero era muy tarde. Las protestas ahora se dirigen contra el control absoluto de la dinastía presidencial sobre el Estado, y el sistema corrupto y mercantilista construido en connivencia con la cúpula empresarial. Los manifestantes piden la salida del matrimonio presidencial.

Los estudiantes universitarios protagonizan las protestas. El gobierno usa la estrategia de Maduro: Intenta ganar tiempo con la retórica del diálogo, mientras permite que sus hordas paramilitares fustiguen a los manifestantes. Los muertos ya superan la centena. Aquí, nuevamente, aparecen muchos envidiando el heroísmo de los jóvenes nicaragüenses en estas protestas populares.

Pero es probable que no haya mucho que envidiar a nuestros vecinos.

Las protestas ocurridas en Guatemala, Honduras, y ahora en Nicaragua, son el último recurso para canalizar demandas populares. Y se justifican cuando todas las salidas institucionales se han cerrado. Son románticas las primaveras políticas y su épica, héroes, y frases cautivadoras en las pancartas. Pero son un síntoma del grave deterioro institucional.

Nuestra democracia tiene muchos problemas. No nos libramos de la corrupción, y la ineficiencia del Estado en cumplir sus funciones más básicas. Pero, mal o bien, las vías institucionales continúan operando para canalizar la voluntad popular de un modo más civilizado que en Guatemala, Honduras y Nicaragua.

Un ejemplo de ello es lo ocurrido el 4 de marzo. No fue necesario que el descontento popular con el gobierno se expresara en protestas públicas. Se hizo en las urnas, y de una manera contundente.

La reacción del mismo gobierno se enmarcó en la institucionalidad. Lejos de desconocer los resultados, intentan recuperar el terreno perdido dentro del mismo juego político.

Tenemos nuestros pecados. En 2012 hubo un intento de golpe de Estado a la Sala de lo Constitucional, y eso llevó a gente a las calles. Fue la crisis democrática más grave desde la firma de los Acuerdos de Paz. Pero, luego de ello, los problemas los hemos ido solucionando —con desaciertos, en muchos casos— por las vías institucionales.

Mientras sea posible, es mejor que los conflictos políticos y sociales los ventilemos en el aburrimiento de la institucionalidad. Las primaveras centroamericanas pueden ser muy cautivadoras. Los héroes son románticos. Pero pensémoslo dos veces si deseamos que algo así ocurra aquí. Esa épica puede resultarnos demasiado costosa, si aún hay vías institucionales disponibles. Y creo que, por el momento, las hay.

@dolmedosanchez

Para alcaldes y concejales. De Daniel Olmedo

19 mayo 2018 / El Diario de Hoy

Por años la Sala de lo Constitucional desarrolló el principio de equidad tributaria. Una manifestación de este, decía el tribunal, es el principio de capacidad económica en materia impositiva.

Cuando en 2015 se declaró inconstitucional la modalidad de pago mínimo del impuesto sobre la renta —conocida como impuesto al 1% sobre activos— se hizo precisamente por violar la capacidad económica. El tribunal dijo: “Al establecerse el activo neto como la base imponible para el pago mínimo del impuesto sobre la renta, sin considerar la deducción de todos los gastos indispensables para la producción de la riqueza y la conservación de su fuente, se evidencia una deficiente definición de activo neto, lo que significa que el legislador no ha tomado en consideración un índice revelador de capacidad económica que determina la riqueza efectiva del contribuyente”.

La jurisprudencia ha sido bastante clara en cuanto a que la base imponible de un impuesto no debe tomar en cuenta únicamente los activos. A este deben deducírsele los pasivos.

Por muchos años la Sala de lo Constitucional resolvió favorablemente amparos contra impuestos municipales. Y es que, aunque cada municipio cuenta con su propia legislación impositiva, el diseño de los tributos es estandarizado: en todos se establecen como base imponible los activos sin deducir pasivos.

Eran tantos los casos, que la Sala comenzó a aplicar la figura de la dimensión objetiva del amparo. Esto significaba que, aunque el efecto regular del amparo es que solo alcanza a los involucrados en el caso, en ciertas circunstancias se puede ampliar a otros sujetos. Así en sentencias que amparaban a determinados contribuyentes en San Salvador, Soyapango y otros municipios, el Tribunal ordenó que la autoridad municipal dejara de cobrar el impuesto inconstitucional tanto al demandante como a cualquier otro contribuyente.

Ante una violación sistemática de los derechos de los contribuyentes, la Sala se había inclinado por una posición garantista. Consideraba innecesario que cada agraviado presentara una demanda, y comenzó a ordenar ese efecto general.

Pero esas sentencias quedaron solo para estudios académicos. En la vida real, miles de contribuyentes jamás se vieron beneficiados por ellas. Las autoridades municipales ignoraron las órdenes judiciales y, poco después, la Sala de lo Constitucional dio un giro significativo.

El 19 de abril de 2017 se emitió la sentencia del proceso de amparo 446-2015. El tribunal ratificó la inconstitucionalidad de esas bases imponibles de impuestos municipales, pero dispuso que aunque las leyes no establecieran la posibilidad de deducirse los pasivos, los contribuyentes podían hacerlo en sus declaraciones y las autoridades municipales así debían aceptarlas.

Esto se traducía en un voto de confianza a las autoridades municipales. Estas, como garantes de la Constitución, aceptarían que los contribuyentes en sus declaraciones de impuestos se aplicaran deducciones que no estaban previstas en la ley.

Pero las autoridades municipales no resultaron tan celosas de la Constitución como lo pensó la Sala. El resultado fue que hoy, ante los sistemáticos rechazos a permitir deducciones no previstas en la ley, los contribuyentes deben seguir una carrera de obstáculos en recursos municipales, y luego ante la misma Sala de lo Constitucional. La ruta de la defensa de los derechos constitucionales se hizo aún más larga y menos efectiva.

El pasado 1 de mayo alcaldes y concejales iniciaron un nuevo período en sus municipios. Antes de cumplir con sus promesas de campaña deberían comenzar a cumplir con la Constitución. Las autoridades municipales no pueden continuar rechazando que sus gobernados declaren sus impuestos de acuerdo con los criterios previstos por la Sala de lo Constitucional. Nada justifica que le quiten a sus gobernados recursos que ellos no están obligados a darles.

@dolmedosanchez

Odio nacional. De Daniel Olmedo

10 mayo 2018 / El Diario de Hoy

Si no ha visto Odio Nacional, capítulo de la serie Black Mirror, deje de leer esto. Es una historia tan buena que no merece un spoiler que se la estropee. Y eso es precisamente lo que haré a continuación.

En el Reino Unido, en un futuro cercano, las abejas se extinguieron. Millones de drones miniaturas cumplen su función polinizadora y mantienen el equilibrio ambiental.

Una periodista escribió un artículo criticando a una activista discapacitada. La columna le valió el repudio general; pero ella permaneció estoica ante las miles de críticas recibidas en sus redes sociales. Un día se degolló.

Luego un rapero se burló en la televisión de un niño admirador que le imitaba. Las redes se ensañaron contra la desalmada celebridad. Esa noche el artista se retorció en alaridos. También terminó muerto.

Se descubrió que en el cerebro de cada víctima había una de esas abejas robots. Entró por el oído y escarbó un canal hasta el cerebro, provocando un dolor fatal.

Previo a sus muertes, miles de usuarios habían posteado en las redes sociales los nombres y fotografías de los repudiados, precedidos del hashtag #DeathTo. La policía descubrió el juego macabro que proponía un sitio de internet: Quien antes de las cinco de la tarde tenga más menciones precedidas del hashtag #DeathTo, morirá al finalizar el día. La periodista y el rapero habían sido los ganadores en las primeras dos jornadas de esa competencia mortal.

Llegó un tercer día y una tercera víctima. El pánico invadió al país. El público, huérfano de una autoridad que controlara la situación, ubicó en el primer lugar de los #DeathTo a un ministro del gobierno.

El autor del juego era un genio informático que hackeó el sistema de abejas robots. Pero esas primeras víctimas solo eran su cebo. El objetivo real era vengarse de quienes detrás de una pantalla desbocan sus juicios, creyendo poder hacerlo sin consecuencias.

Así, el asesino movió su última pieza. Configuró a las abejas para que atacaran a quienes habían usado el hashtag #DeathTo en las jornadas previas. Los insectos se desplegaron por todo el país. Casi cuatrocientas mil víctimas aprendieron muy tarde que linchar sí tiene consecuencias.

Black Mirror es una serie que revela cómo se manifiestan hoy los eternos vicios de la naturaleza humana. Condenar a alguien desde el anonimato de la masa es algo que existe desde la Magdalena. Pero hoy es más fácil tirar piedras desde las redes sociales.

La Constitución reconoce el derecho a la presunción de inocencia. Eso poco le importa a muchas autoridades. Y poco nos importa a nosotros, la masa.

Feminicidios, violaciones de menores, homicidios, corrupción, participaciones en pandillas, crímenes de lesa humanidad, todo eso es abominable. Pero nada justifica que políticos, autoridades policiales, fiscales y activistas inicien un juicio mediático desequilibrado contra un acusado, y que luego nosotros, la masa, nos unamos a ese juego enfilando nuestro voto condenatorio en un clic.

Cuestionamos a diario a nuestros políticos. Pero nosotros, los ciudadanos, también tenemos nuestros demonios. Semos malos, decía Salarrué.

Nuestra sed de justicia no debe saciarse con imágenes que muestren a un tipo humillado, esposado o, incluso, ajusticiado. Debe satisfacerse con juicios justos, que castiguen proporcionalmente a los culpables, absuelvan a los inocentes y resarzan a las víctimas.

Los ciudadanos también somos custodios de la presunción de inocencia. Ante cualquier sujeto acusado —por más horrendo que parezca el crimen que se le atribuye— estamos obligados a la prudencia y paciencia.

Nuestros acusaciones precipitadas no son gratuitas. Alguien las paga en su dignidad. Ojalá que no llegue el día en que usted o yo paguemos los clics acusatorios de los demás.

@dolmedosanchez

¿Y si la Sala de lo Constitucional queda acéfala? De Daniel Olmedo

Tras nueve años la Sala de lo Constitucional se renovará casi en su totalidad. Y esto ocurrirá en un momento en que ese tribunal ha alcanzado una posición protagónica en la dinámica institucional.

Daniel Olmedo, 11 mayo 2017 / EDH

El 15 de julio de 2018 termina el período de cuatro de los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional. Lo mismo sucederá con cuatro de sus cinco suplentes. Por ello las elecciones de magistrados de la Corte Suprema de Justicia del próximo año serán de particular importancia.

Tras nueve años la Sala de lo Constitucional se renovará casi en su totalidad. Y esto ocurrirá en un momento en que ese tribunal ha alcanzado una posición protagónica en la dinámica institucional.

De ahí que es previsible que sean muy intensos los procedimientos ante el Consejo Nacional de la Judicatura y ante el gremio de abogados para proponer la lista de treinta candidatos. De igual manera se augura una dura negociación en el seno de la Asamblea Legislativa para elegir, de entre esos candidatos, a quienes finalmente ocuparán esas magistraturas hasta 2027.

Nuestra reciente historia parlamentaria nos muestra que la Asamblea Legislativa se ha caracterizado por retrasarse en la elección de ciertos funcionarios. Así han dejado acéfalas a las instituciones durante tres o doce meses sin que eso cause mayor grima en muchos diputados. Por ello es previsible que lleguemos al 15 de julio de 2018 sin los nuevos magistrados.

Esa circunstancia nos pondrá en una situación particularmente grave. Mientras la Asamblea Legislativa no elija a los nuevos magistrados, la Sala de lo Constitucional permanecerá acéfala. Únicamente contará con la participación de un magistrado propietario y un suplente. Dos magistrados son insuficientes para formar quórum y tomar cualquier decisión.

Esto significa que mientras no se elijan a los nuevos magistrados, las autoridades podrán emitir actuaciones, o aprobar normas sin el control constitucional de la Sala. Eso puede convenir a quienes les incomoda la separación de poderes; pero sería algo muy peligroso para la democracia, y en particular para usted, ciudadano.

Por eso, desde ya debemos prepararnos ante esa situación. Y una manera de hacerlo es identificar alternativas para mitigar los riesgos en que nos colocaría la Asamblea Legislativa ante una demora –deliberada o no– para elegir a los magistrados en 2018.

Desconozco cómo enfrentar el riesgo que supondrá la ausencia de una Sala que resuelva procesos de inconstitucionalidad –cuyo objeto es controlar la constitucionalidad de leyes y normas de un modo general–. Pero sí pueden haber alternativas para enfrentar la imposibilidad de resolver procesos de amparo –cuyo objeto es controlar la constitucionalidad de un acto de autoridad en un caso concreto–.

Si ante una acefalía de la Sala no se puede reclamar vía amparo la violación de derechos fundamentales provocadas por autoridades administrativas, la solución pasará por migrar esos reclamos a la Sala de lo Contencioso Administrativo. En las demandas ante ese tribunal también pueden invocarse como objeto de control categorías constitucionales.

Y en cuanto a violaciones a derechos fundamentales provocadas por otro tipo de autoridades –y que tengan una connotación patrimonial– los afectados podrán migrar sus reclamos hacia los tribunales civiles y mercantiles, presentando demandas por responsabilidad extracontractual contra los funcionarios directamente, y exigiéndoles la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. La base para ello será el artículo 245 de la Constitución, que dispone: “Los funcionarios y empleados públicos responderán personalmente y el Estado subsidiariamente, por los daños materiales o morales que causaren a consecuencia de la violación a los derechos consagrados en esta Constitución”.

De ese modo, si en 2018 la Asamblea Legislativa nos deja sin un tribunal constitucional, los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo y los jueces civiles y mercantiles tendrán una oportunidad especial para protagonizar la defensa del Estado de Derecho y la Constitución.

@dolmedosanchez

Excelencia en el Estado y retos ciudadanos. De Daniel Olmedo

Daniel Olmedo, abogado

Daniel Olmedo, abogado

Daniel Olmedo, 14diciembre 2015 / EDH

Las instituciones que combaten la corrupción están funcionando.

Todo inició con un ciudadano que solicitó una declaración de probidad. Estas se mantuvieron reservadas por casi 50 años; pero en julio de 2015 el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordenó que esa declaración se entregara.

Fue un ciudadano que tomó una iniciativa, y con ella detonó un cambio significativo. Provocó una cadena de efectos que llevó a muchos exfuncionarios de todo nivel a investigaciones civiles, administrativas y penales.

No fueron necesarios reformas legislativas, ni mayor presupuesto. Solo hubo un grupo de funcionarios que se tomaron en serio su trabajo. Algo tan simple y revolucionario como eso.

diario hoyLos comisionados del IAIP, el director de la Sección de Probidad, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General de la República, y jueces y magistrados de cámara en materia civil y penal entraron en una dinámica distinta a la de décadas anteriores. Ellos y su equipo de colaboradores anónimos –de quienes poco sabemos, pero que tienen un papel fundamental en estos cambios– demuestran que sí se puede luchar contra la corrupción de manera efectiva.

Las investigaciones oficiales y periodísticas pueden llevarnos al pesimismo. A mí me ha ocurrido. Pero algo bueno ocurre: las instituciones funcionan. Y estas no son entes abstractos. Detrás de ellas hay personas. De manera que estas investigaciones reflejan que en el aparato estatal hay gente haciendo su trabajo, y haciéndolo con excelencia a pesar de las adversidades.

Hace apenas algunos meses muchos considerábamos que era necesaria una comisión internacional contra la impunidad parecida a la de Guatemala. Algunos sostenían que no; planteaban que era preferible fortalecer la institucionalidad local. Creo que el tiempo les ha dado la razón. Esta vía parece ser una mejor ruta para fortalecer nuestro Estado de Derecho.

La impunidad es un lastre histórico en El Salvador. Y vivimos tiempos en que ocurren avances importantes para superarla. En esta coyuntura los ciudadanos tenemos por lo menos tres retos:

1. Prudencia. Debemos respetar y promover la presunción de inocencia. Frustrados ante la sistemática impunidad, hoy podemos caer en la tentación de señalar como culpables a quienes solo están siendo investigados. Debemos contenernos y esperar las decisiones finales. Esto supone también evitar el acoso y señalamiento precipitado a funcionarios que a partir de su análisis del caso estimen que no procede una condena o una detención provisional. Seamos prudentes, dejemos que las instituciones funcionen, y respetemos sus decisiones.

2. Reconocimiento. Los muchos casos de despilfarro y desviación del dinero que dejamos de darle a nuestras familias para entregárselo al Estado mediante impuestos pueden llevarnos a descalificar de manera absoluta a la función pública. Reconozcamos que en el Estado hay mucha gente buena e íntegra. Varios de ellos son los responsables de esta lucha contra la corrupción. Si esos funcionarios y empleados públicos observan que reconocemos su esfuerzo, esta dinámica se potenciará. Debemos alentarles. Así como el Estado debe prescindir de quienes parasitan de los contribuyentes, también debe atraer y promover a quienes demuestran excelencia en su trabajo. A todos nos conviene que el Estado tenga a las mejores personas para prestarnos servicios de calidad.

3. Proactividad. No debemos ser simples espectadores de la lucha contra la corrupción. Tenemos la responsabilidad de ser protagonistas. Así como aquel ciudadano tuvo una iniciativa que desencadenó este cambio, usted y yo debemos hacer lo propio. Nos corresponde participar utilizando las herramientas institucionales a nuestra disposición para incidir en la administración y limpieza del Estado. Ser ciudadano no es solo votar; ser ciudadano también es denunciar, plantear demandas, y presentar solicitudes de información.

dolmedo@espinolaw.com

Esa amnistía es inconstitucional, ¿y ahora? De Daniel Olmedo

daniel olmedoDaniel Olmedo, 30 julio 2016 / EDH

La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Amnistía. Han circulado varios análisis sobre ello. El debate es sano en una democracia. Pero al margen del acuerdo o desacuerdo con los motivos de la Sala, hay efectos jurídicos por delante.

Muchos dicen que esta decisión debe impulsar un diálogo entre las principales fuerzas políticas. Es cierto. Pero esas conversaciones no deben ser para buscar maneras de eludir el cumplimiento de la sentencia o adoptar represalias contra la Sala de lo Constitucional.

diario hoyLos partidos deben reunirse para aprobar las medidas concretas que la Sala les ha impuesto en la sentencia. En la página 35, el tribunal ordena a la asamblea que, en un “plazo razonable”, realice las siguientes acciones: 1. Regular los medios para garantizar el acceso a la información pública relacionada a los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad; 2. Establecer mecanismos para agilizar las investigaciones y los procesos civiles y penales que a partir de ahora se inicien; y 3. Establecer las medidas para reparar los daños provocados a las víctimas. Son esos puntos los que deben ocupar la agenda de los partidos políticos en este tema.

La demora en desarrollar legislativamente esos aspectos no puede ocuparse como un obstáculo para la activación de los procesos penales y civiles respectivos. La Sala de lo Constitucional lo dice así: “Lo anterior no impide que el juzgador o tribunal en cada caso concreto, en aplicación directa de la Constitución y con fundamento en lo decidido por esta sentencia, adopte en sus resoluciones aquellas medidas de reparación que considere pertinentes en orden a garantizar los derechos fundamentales de las víctimas de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al [Derecho Internacional Humanitario]”.

De manera que ni la Fiscalía General de la República ni los tribunales podrán invocar la omisión de actuación por la Asamblea Legislativa para incumplir sus obligaciones.

Por otra parte, del voto en contra del magistrado Belarmino Jaime se destaca una consecuencia muy importante cuya responsabilidad corresponde a la sociedad.

El magistrado disidente se refiere a una de las categorías constitucionales a las que alude la Sala de lo Constitucional para tomar su decisión: El derecho a la verdad.

Sobre ese derecho los cuatro magistrados que suscriben la sentencia expresan: “La verdad solo es posible si se garantiza, a través de investigaciones serias, exhaustivas, responsables, imparciales, integrales, sistemáticas y concluyentes por parte del Estado, el esclarecimiento de los hechos y la correspondiente sanción”.

Pero el doctor Jaime expresa: “En cuanto al derecho a la verdad, como expresión del derecho a la protección jurisdiccional y no jurisdiccional, si de lo que trata es de tutelar tal derecho, la búsqueda de la verdad histórica no puede invocarse y ser satisfecha plenamente en el proceso penal, dado que el método de la investigación judicial no es el propio del historiador o cronista, a quien le corresponde establecer la verdad sobre los eventos de tipo social”.

El magistrado acierta en señalar que sería limitado considerar que el derecho a la verdad se satisface con los hechos declarados por el Estado a través de una sentencia. Corresponderá a los historiadores, periodistas, y a cualquier ciudadano preguntar a los protagonistas de la guerra qué pasó.

La Comisión de la Verdad dejó muchos cabos sueltos. Por ejemplo, en los cuatro párrafos del Caso Peccorini no se identifica a los individuos responsables de ese crimen. Tal vez es momento de preguntarle más detalles a quienes se refirieron a ese crimen en una reunión ante el International Center for Development Policy en la Hacienda Cocoyoc (México) en julio de 1989.

dolmedo@espinolaw.com

¿Efecto Pomperipossa o efecto del sapo hervido? De Daniel Olmedo

Se dice que si un sapo se lanza a un recipiente con agua hirviendo, este reacciona de inmediato y sale. Pero si se sumerge en una olla con agua fresca, y gradualmente se le sube la temperatura a esta, el sapo puede morir hervido sin reaccionar.

Daniel Olmedo, abogado

Daniel Olmedo, abogado

El año pasado publiqué el artículo titulado Pomperipossa en Monismania. En él me referí al cuento así titulado de la escritora sueca Astrid Lindgren. La traducción del cuento al español, y cuyos extractos recogí en el referido artículo, es de la investigadora chilena Mónica Mullor; y puede consultarse en el siguiente sitio: http://www.ilustracionliberal.com/54/pomperipossa-en-monismania-astrid-lindgren.html

Aludí a cómo el cuento infantil de una señora de 69 años detonó una indignación popular en Suecia ante el acoso fiscal. Unos meses después de la publicación de ese cuento, Olof Palme no alcanzaba los votos suficientes para mantenerse en el poder. El Partido Social Demócrata Sueco dejaba el gobierno que ocupaba desde cuarenta años atrás.

diario hoyEn ese artículo dije: “Ahora se escuchan tambores de guerra invocando nuevos impuestos. Sería prudente que antes de cargar más a los contribuyentes, se demostraran resultados con los ingresos que ya se administran”. Y terminaba expresando: “Deberían sacarse lecciones de lo ocurrido a los sabios de Monismania. No sea que un día a alguien se le ocurra escribir un cuentito”.

El artículo lo publiqué en junio de 2015. Llegó noviembre y, en efecto, la Asamblea Legislativa aprobó dos nuevos tributos: La contribución especial para grandes contribuyentes, y la contribución especial para la seguridad (que grava los productos y servicios de telecomunicaciones).

Nadie escribió cuentito alguno. Y, salvo algunos ciudadanos que presentaron demandas de inconstitucionalidad, la agudización de la presión fiscal no provocó una indignación popular que lograra hacer que el gobierno se echara para atrás.

Los tributos se aprobaron. Siguen ahí. Y mientras la Sala de lo Constitucional no ordene alguna medida cautelar que suspenda sus efectos, o no emita una sentencia que los declare inconstitucionales permanentemente, estos continuarán aspirando su dinero de su bolsillo.
Pero los tambores no cesaron su repique. Identificaron un nuevo objetivo: Sus ahorros para pensiones.

Al momento de escribir estas líneas se desconoce el texto de la reforma del sistema de pensiones. Pero el hermetismo del gobierno en dar a conocer su contenido, y las pistas que sobre ella se filtraron el año pasado en unas presentaciones del Ministerio de Hacienda, abre espacio a especular sobre el contenido de esa iniciativa.

Pareciera que, en lugar de garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones para mañana, se pretende únicamente solucionar el problema fiscal que el gobierno enfrenta hoy.

Un escenario que puede preverse en los próximos meses es que en el caso pensiones se replique la ruta que siguieron las contribuciones especiales. Si eso ocurriere, los reclamos no pasarían de ser ruido; incómodo para los políticos, pero solo ruido. Y así se cumpliría el objetivo que estos persiguen: Incrementar sistemáticamente el peso en los hombros (bolsillos) de los ciudadanos. Léase, de usted.

En ese escenario, nuevamente, nadie escribiría un cuentito, ni habría esa indignación popular que obligue a los políticos a ser mas austeros, en lugar de exprimir más el bolsillo del ciudadano/contribuyente/cotizante/pensionado.

Es probable que lo que más nos identifique no sea el efecto Pomperipossa, sino el efecto del sapo hervido.

Se dice que si un sapo se lanza a un recipiente con agua hirviendo, este reacciona de inmediato y de alguna manera brusca logra salir de ese infierno. Pero si se sumerge en una olla con agua fresca, y gradualmente se le sube la temperatura a esta, el sapo puede morir hervido sin reaccionar.

No me consta que eso sea cierto. No suelo cocinar sapos vivos (ni muertos). Pero probablemente la alegoría nos aplica. Tal vez solo seamos sapos cociéndonos a fuego lento.

dolmedo@espinolaw.com