Estado emergencia

Texto completo del proyecto de decreto de medidas especiales de Seguridad

Publicamos aquí el proyecto de decreto de medidas especiales de Seguridad, presentado el día 31 de marzo por el gobierno a la Asamblea Legislativa. La presidenta de la Asamblea ya dio a conocer que lo va poner a votación el día 1 de abril. La Comisión de Seguridad dará su dictamen favorable en la mañana del 1 de abril, aparentemente con apoyo unánime.

En un primer análisis concluimos que este decreto tiene básicamente dos puntos importantes:

Art. 8 que da al gobierno el derecho de contratación directa para todos los gastos que se derivan de este decreto; esto libera al gobierno de las restricciones presupuestarias.

Y art. 10, que libera al gobierno de la supervisión por parte de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria, que sin este decreto especial tendrían que autorizar cada 14 días, previa revisión, la prolongación del Estado de Emergencia en los penales.

A estos dos puntos se reduce, básicamente, el decreto y sus medidas especiales. Todos lo demás el gobierno podría hacer sin decreto especial.

Vale la pena preguntar: ¿De qué manera contribuye a la Seguridad y al combate a la delincuencia que el gobierno se deshaga de las restricciones presupuestarias y de la revisión judicial de sus medidas?

Paolo Luers

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